IPC - 2025
Actualización de Precios
Actualizaciones de la Renta en los Contratos de Arrendamiento tras las últimas reformas
Resumen General
En este video informativo (emitido en enero de 2025) se abordan las recientes reformas legales que afectan a la actualización de la renta en los contratos de arrendamiento de vivienda en España, diferenciando claramente entre las limitaciones a los precios de alquiler y las actualizaciones de renta en contratos ya vigentes. Se explica el alcance de las nuevas normativas, los tipos de contratos afectados y el nuevo sistema de índices de referencia que se aplicará a partir de enero 2025.
Temas Principales
- Diferenciación entre limitaciones de precios de alquiler y actualizaciones de renta.
- Contratos afectados por las nuevas normativas.
- Fechas clave de aplicación de las reformas.
- Explicación del nuevo índice de referencia de arrendamientos de vivienda (IRAF).
- Procedimiento para la actualización de la renta según la nueva ley.
Puntos Clave
- Limitaciones de precios vs. actualizaciones de renta
- Las limitaciones de precios afectan a grandes tenedores y contratos nuevos en zonas tensionadas que hayan estado sin arrendar las viviendas durante los últimos cinco años, no a la actualización de renta de contratos vigentes.
- Contratos afectados
- Las nuevas limitaciones de actualización de renta solo se aplican a contratos de uso de vivienda permanente celebrados a partir del 26 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda.
- No se aplican a contratos de locales, oficinas, garajes, trasteros, contratos de temporada (ej. de estudios) ni contratos de habitación.
- Contratos anteriores a la reforma
- Los contratos celebrados antes del 26 de mayo de 2023 se rigen por lo pactado, siendo lo más común el IPC. Si se hubiese pactado otra cláusula o nada al respecto, se recomienda consultar para determinar la aplicación.
- Fecha de entrada en vigor de las limitaciones
- Las nuevas limitaciones para la actualización de la renta se aplican únicamente a partir del 1 de enero de 2025, afectando a los contratos cuya anualidad se cumpla o que deban actualizarse endicho año
- Índice de referencia de arrendamientos de vivienda (IRAV)
- El IRAV será publicado por el Instituto Nacional de Estadística y se
aplicará el menor de los siguientes índices:
- Tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo(IPC).
- Tasa de variación anual del IPC subyacente (excluye productos como energías y alimentos no procesados, buscando menor fluctuación).
- Tasa de variación media ajustada del IPC y el IPC subyacente, calculada a través de la diferencia entre sus tasas de crecimiento anual y corregida por un coeficiente que representa la inflación esperada a medio plazo.
- El IRAV será publicado por el Instituto Nacional de Estadística y se
aplicará el menor de los siguientes índices:
Acciones Recomendadas
- Revisar la fecha de celebración de los contratos de arrendamiento para determinar si están sujetos a las nuevas limitaciones.
- Consultar las cláusulas de actualización de renta en los contratos vigentes y verificar si se aplica el IPC u otro índice, especialmente si no se pactó nada o se acordó una fórmula diferente al IPC.
- Prepararse para la entrada en vigor de las nuevas limitaciones a partir del 1 de enero de 2025 en contratos celebrados desde el 26 de mayo de 2023 y cuya anualidad se cumpla en dicho año.
- Solicitar y conservar el certificado estadístico del índice de referencia publicado por el Instituto Nacional de Estadística para justificar la actualización de la renta.
- Notificar con antelación la actualización de la renta a la parte arrendataria, cumpliendo los plazos legales establecidos.

